RESOLUCION DE LA O.N.U. DÍA iNTERNACIONAL DE LA NO VIOLENCIA. 2 DE oCTUBRE.

Resolución 61/271 sobre el Día Internacional de la No Violencia

Resolución aprobada por la Asamblea General: A/RES/61/271 del 27 de junio de
2007

<http://daccess-ods.un.org/access.nsf/Get?Open&DS=A/RES/61/271&Lang=S>
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La Asamblea General,

Reafirmando la Carta de las Naciones Unidas, en particular los principios y
propósitos que en ella figuran,

Recordando sus resoluciones 53/243 A y B, de 13 de septiembre de 1999, que
contienen la Declaración sobre una cultura de paz y el Programa de Acción
sobre una cultura de paz, 55/282, de 7 de septiembre de 2001, relativa al
Día Internacional de la Paz, y 61/45, de 4 de diciembre de 2006, relativa al
Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños
del mundo, 2001-2010, así como otras resoluciones pertinentes,

Consciente de que la no violencia, la tolerancia, el pleno respeto de todos
los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, la
democracia, el desarrollo, el entendimiento mutuo y el respeto de la
diversidad están interrelacionados y se refuerzan entre sí,

Reafirmando la importancia universal del principio de la no violencia y
abrigando el deseo de asegurar una cultura de paz, tolerancia, entendimiento
y no violencia,

1. Decide,, con efecto a partir del sexagésimo segundo período de
sesiones y guiada por la Carta de las Naciones Unidas, observar el Día
Internacional de la No Violencia el 2 de octubre de cada año, y que ese Día
Internacional se señale a la atención de todas las personas para que se
celebre y observe en esa fecha;
2. Invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del
sistema de las Naciones Unidas, a las organizaciones regionales y no
gubernamentales y a los particulares a celebrar de manera apropiada el Día
Internacional de la No Violencia y a difundir el mensaje de la no violencia
por medios como las actividades educativas y de sensibilización de la
opinión pública;
3. Pide al Secretario General que formule recomendaciones sobre medios
y arbitrios que, dentro de los límites de los recursos existentes, podrían
utilizar el sistema de las Naciones Unidas y la Secretaría de las Naciones
Unidas para ayudar a los Estados Miembros, a petición de éstos, a organizar
actividades destinadas a celebrar el Día Internacional de la No Violencia;
4. Pide también al Secretario General que, dentro de los límites de los
recursos existentes, adopte las medidas necesarias para que en las Naciones
Unidas se observe el Día Internacional de la No Violencia;
5. Pide además al Secretario General que la informe, en su sexagésimo
tercer período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución en
el sistema de las Naciones Unidas por lo que respecta a la observancia del
Día Internacional de la No Violencia.
 

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